balanza IurisConsulting
Property Lawyers


E

 
prev up next  
    HomePage Legal Services Taxes on Property Tax Office Planning Law SpanishLandLaw SpanishLandRegistry Wills & Inheritance Notaries Notarial Terms TechnicalBuildingCode ValenciaPlanningLaw SpanishConsulatesUK SpanishConsulatesIreland BritishConsulatesSpain IrishConsulatesSpain Cities List Bank Holidays Legal Terms
   
   
Make It Happen... safely  
   
   

with us being Your English Speaking Lawyers in Spain

 
   

 

recommended by www.SpanishPropertyInsight.com

 

   
 

 

 
   
     


efecto retroactivo m.
Se entiende por efecto retroactivo las leyes o normas en general que se aplican a hechos y situaciones anteriores a su fecha de su promulgación.

Por regla general, las normas no tienen efecto retroactivo: es un principio básico de seguridad jurídica en un Estado moderno el que la conducta de una persona se rija jurídicamente por las normas vigentes en ese momento, y no por otras que se dicten con posterioridad. No obstante, en derecho penal es posible el efecto retroactivo cuando la nueva norma establece un régimen más favorable para el inculpado: en ese caso se aplicará a situaciones anteriores a su promulgación.

Ejemplo. Conducir sin seguro era una falta contra el orden público, y luego pasó a ser una infracción administrativa, por lo que los casos en tramitación o ya juzgados se beneficiaron de esa nueva norma, más favorable.
    subir
    ejecución f.
    Procedimiento judicial o administrativo con embargo y venta de bienes para pago de deudas o para el cumplimiento forzoso de cualquier obligación legal.
    También se refiere a la acción de cumplir las disposiciones testamentarias de una persona fallecida, por parte de los encargados para ello.
      subir
      ejecutor -ra testamentario -ria m. y f.
      Albacea
      Fundamentalmente lo es el albacea, como encargado de la ejecución de lo dispuesto por un testador en su testamento o última voluntad, y también el contador-partidor, que muchas veces recae en la misma persona que el albacea, y que tiene como misión específica hacer los lotes entre los herederos y legatarios, y entregarlos a cada uno, incluso aunque ellos no estén de acuerdo en el reparto.
        subir
        emancipación f.
        Estado civil de una persona, que solamente es posible entre los 16 y 17 años.
        Se adquiere, con la emancipación, una capacidad de obrar parecida a la mayoría de edad pero con limitaciones: el menor de edad emancipado (16 o 17 años), puede regir sus persona y bienes como si fuera mayor, pero por ejemplo para pedir préstamos o vender inmuebles debe solicitar el consentimiento de sus padres o tutores, y si carece de ellos, del juez.

        El procedimiento normal de emancipación es una escritura pública notarial en la que los padres emancipan voluntariamente al hijo, que lo acepta, y firman los tres.

        La razón más habitual para emancipar es que el menor de edad tenga un inmueble que quiera vender. Por ser menor, solamente podría venderlo con autorización judicial, pero si tiene 16 o 17 años, se le puede emancipar para que pueda vender el inmueble, únicamente con la autorización de los padres.
          subir
          embargo m.
          Retención de bienes ordenada por la autoridad judicial o administrativa para asegurar el pago de una deuda o la responsabilidad en un delito o falta.

          El embargo puede garantizar el resultado de un procedimiento en marcha antes de que finalice (para evitar que los bienes desaparezcan durante ese proceso), o bien consecuencia de una resolución judicial que condena al embargado al pago de una cantidad de dinero por la causa que sea.

          Si recae sobre bienes inmuebles, puede obtenerse la anotación preventiva del embargo en el registro de la propiedad. Puede embargarse todo lo que es susceptible de generar valor económico: cuentas corrientes, acciones sociales, derechos muebles, inmuebles, etc.
            subir
            enajenación f.
            Acto jurídico por el que una persona transmite inter vivos a otra u otras el dominio o derecho de una cosa que le pertenece.

            Ejemplo. Es enajenación de un inmueble su venta, donación o permuta con otro.
              subir
              encabezamiento m.
              Primera parte de un instrumento público (escritura o acta), donde consta el número de protocolo, el notario que lo va a autorizar y en su caso el notario para cuyo protocolo se va a autorizar, y el lugar y la fecha del otorgamiento.
                subir
                endosatario -ria m. y f.
                Persona a favor de la cual se hace el endoso.
                  subir
                  endoso m.
                  Cesión en la propiedad de un título de crédito que suele realizarse mediante la firma en el reverso del propio título.
                  Son títulos valores o de crédito, por ejemplo, la letra de cambio o el cheque.

                    subir
                    endoso en propiedad m.
                    Es el que cede la propiedad de un título de crédito y de todos los derechos inherentes a él.
                      subir
                      equidad f.
                      Rectitud, justicia e imparcialidad en un trato. Sentido natural de lo justo.
                        subir
                        erario m.
                        Tesoro público de un estado, nación, provincia o municipio.
                        Conjunto de bienes de que dispone un estado, nación, provincia o municipio para hacer frente a sus necesidades.
                          subir
                          escisión f.
                          Figura jurídica mediante la cual se puede dividir el patrimonio de una sociedad en varias partes, cada una de las cuales puede formar una nueva sociedad o trasladarse a una existente, con observancia de los requisitos previstos por la ley. 

                          La escisión puede ser total, cuando la sociedad escindida se disuelve y desaparece, y sin liquidarse segrega su patrimonio y lo divide entre las sociedades adjudicatarias. O puede ser parcial, en cuyo caso la sociedad primitiva no se disuelve sino que subsiste, aunque traslada en bloque una o varias partes de su patrimonio a sociedades ya existentes, o creadas en ese momento.
                            subir
                            escritura pública f.
                            Documento público notarial en el que se recogen negocios jurídicos, frente al acta notarial, que es aquél en el que se recogen actos o hechos jurídicos. La escritura pública es, por definición, un documento notarial. No hay escrituras públicas de otro fedatario.

                            También por definición, la escritura es un documento público. No hay, aunque a veces se use esta expresión, "escrituras privadas", que en realidad son documentos privados que usan el nombre de escritura de forma incorrecta, bien por ignorancia, bien para aprovecharse del nombre y fama de la escritura notarial.

                            Las escrituras son documentos susceptibles de inscribirse en los registros de la propiedad, pero no todas ellas van necesariamente a ningún registro, sino que muchas recogen negocios que no necesitan inscribir.

                            Ejemplo. Son negocios jurídicos, y por tanto se recogen en escritura la compraventa, la herencia, la hipoteca, las capitulaciones matrimoniales, la emancipación o la constitución de una sociedad.
                            Algunos negocios no se inscriben en registro alguno, como por ejemplo el otorgamiento de un poder, negocio unilateral o el reconocimiento de deuda, que es bilateral.
                            Son actos jurídicos y se recogen en acta notarial la constancia de hechos o manifestaciones del compareciente, o la obtención de fotografías en presencia del notario.
                              subir
                              escriturar v. tr.
                              Hacer constar por medio de escritura notarial un acto o un negocio jurídico.

                              Ejemplo. Escriturar una compraventa es hacerla constar en escritura pública, independientemente de si antes se había firmado o no un previo documento privado, o existía un mero acuerdo verbal.
                                subir
                                estado civil m.
                                Condición jurídica de la persona dentro de la sociedad y que le atribuye derechos y deberes. Se determina, por el nacimiento, nacionalidad, sexo, edad y familia.

                                Ejemplo. Soltero, casado, viudo, separado judicialmente, divorciado.
                                  subir
                                  estatutario -ria adj.
                                  Lo concerniente a un estatuto o estatutos.
                                    subir
                                    estatuto m.
                                    Norma, regla que tiene valor legal para un cuerpo, asociación, etc.

                                    Ejemplo. Las sociedades, asociaciones o las comunidades de vecinos tienen estatutos como normas particulares que rigen su actuación.
                                      subir
                                      estipulación f.
                                      Parte dispositiva.
                                      Cláusula de un negocio jurídico. Cada una de las disposiciones de un documento público o particular.
                                      Cada una de las cláusulas del otorgamiento de una escritura (parte dispositiva) son estipulaciones del contrato o negocio.
                                        subir
                                        expediente m.
                                        Conjunto de todos los documentos correspondientes a un asunto o negocio. Constancia escrita de todas las actuaciones o diligencias realizadas.
                                          subir
                                          expensas f. pl.
                                          Gastos, costas.
                                            subir
                                            exposición f.
                                            Parte expositiva
                                            Parte de un instrumento público donde se manifiesta por escrito los antecedentes del acto o contrato que se otorga: bienes, motivos, etc.

                                            Ejemplo. Cuando se formaliza una venta hay una parte inicial en la escritura que indica la identidad de los comparecientes y si intervienen en nombre propio o ajeno. Posteriormente, hay una exposición o parte expositiva en la que se indica que los vendedores son propietarios de un inmueble, que se describe, se indica cómo lo adquirieron, si tiene o no cargas, arrendamientos, gastos pendientes de comunidad o del Impuesto de Bienes Inmuebles, etc. Después viene la parte dispositiva (estipulaciones u otorgamiento), en la que se indica que los vendedores enajenan el inmueble por un precio, si indica el precio y si está pagado o no, quién corre con los gastos o expensas y cualesquiera otros pactos.
                                              subir
                                              extraprotocolario -ria adj.
                                              Documentos notariales que no pasan a formar parte del protocolo

                                               

                                               

                                              L

                                               

                                              Calatayud 39     Moraira     Alicante  Costa Blanca              03724 Spain  

                                              juanbertomeu@iurisconsulting.net  

                                              direct +34609477889

                                              tel +34966490207

                                              fax+34965744039

                                               

                                              Lawyers Moraira |  Lawyers Javea |  Lawyers Denia | Lawyers Calpe | Lawyers Benissa |  Lawyers Pego |  Lawyers Teulada |  Lawyers Benitachell | Lawyers Altea | Lawyers Parcent | Lawyers Benidorm | Lawyers Alicante | Lawyers Ibiza | Lawyers Valencia | Lawyers Gandia | Lawyers Oliva | Lawyers Els Poblets | Lawyers La Xara |

                                              Lawyers Benidoleig | Lawyer Moraira | Lawyer Javea | Lawyer Denia | Lawyer Calpe  |  Lawyer Benissa |  Lawyer Pego | Lawyer Teulada | Lawyer Benitachell | Lawyer Altea | Lawyer Parcent | Lawyer Benidorm | Lawyer Alicante  | Lawyer Ibiza | Lawyer Valencia | Lawyer Gandia | Lawyer Oliva | Lawyer Els Poblets | Lawyer La Xara |

                                              Lawyer Benidoleig |  Real Estate Lawyers Moraira | Real Estate Lawyers Javea | Real Estate Lawyers Denia |Real Estate Lawyers | Calpe  Real Estate Lawyers Benissa  | Real Estate Lawyers Pego | Real Estate Lawyers Teulada | Real Estate Lawyers Benitachell | Real Estate Lawyers Altea | Real Estate Lawyers Parcent |

                                              Real Estate Lawyers Benidorm | Real Estate Lawyers Alicante | Real Estate Lawyers Ibiza | Real Estate Lawyers Valencia | Real Estate Lawyers Gandia | Real Estate Lawyers Oliva | Real Estate Lawyers Els Poblets | Real Estate Lawyers La Xara | Real Estate Lawyers Benidoleig | Real Estate Lawyer Moraira | Real Estate Lawyer Javea |

                                              Real Estate Lawyer Denia | Real Estate Lawyer Calpe | Real Estate Lawyer Benissa | Real Estate Lawyer Pego | Real Estate Lawyer Teulada | Real Estate Lawyer Benitachell | Real Estate Lawyer Altea  | Real Estate Lawyer Parcent | Real Estate Lawyer Benidorm | Real Estate Lawyer | Alicante | Real Estate Lawyer Ibiza |

                                              Real Estate Lawyer Valencia | Real Estate Lawyer Gandia | Real Estate Lawyer Oliva | Real Estate Lawyer Els Poblets | Real Estate Lawyer La Xara | Real Estate Lawyer Benidoleig | Property Lawyers Moraira | Property Lawyers Javea  Property Lawyers Denia | Property Lawyers Calpe |  Property Lawyers Benissa | Property Lawyers Pego |

                                              Property Lawyers Teulada | Property Lawyers Benitachell | Property Lawyers Altea | Property Lawyers Parcent | Property Lawyers Benidorm | Property Lawyers Alicante | Property Lawyers Ibiza | Property Lawyers Valencia | Property Lawyers Gandia | Property Lawyers Oliva  | Property Lawyers Els Poblets | Property Lawyers La Xara |  

                                              Property Lawyers Benidoleig | Property Lawyer Moraira | Property Lawyer Javea | Property Lawyer Denia | Property Lawyer Calpe | Property Lawyer Benissa | Property Lawyer Pego | Property Lawyer Teulada | Property Lawyer Benitachell | Property Lawyer Altea | Property Lawyer Parcent | Property Lawyer Benidorm  Property Lawyer Alicante |

                                              Property Lawyer Ibiza |  Property Lawyer Valencia  Property Lawyer Gandia | Property Lawyer Oliva | Property Lawyer Els Poblets | Property Lawyer La Xara | Property Lawyer Benidoleig    Abogado  Moraira | Abogado  Javea | Abogado  Denia | Abogado  Calpe | Abogado  Benissa | Abogado  Pego | Abogado  Teulada | Abogado  Benitachell | 

                                              Abogado  Altea  | Abogado  Parcent | Abogado  Benidorm | Abogado  | Alicante | Abogado  Ibiza | Abogado  Valencia | Abogado  | Abogados  Moraira | Abogados  Javea  Abogados  Denia | Abogados  Calpe |  Abogados  Benissa | Abogados  Teulada | Abogados  Benitachell | Abogados  Altea |  Abogados  Benidorm | 

                                              Abogados Alicante | Abogados  Ibiza | Abogados  Valencia |

                                              Juan Bertomeu Vallés            Copyright 2004/2008
                                               

                                              Last Modified :  April 29 2008